Rentas Vitalicias
La decisión inteligente y conveniente
Disfrute la tranquilidad de una pensión de por vida, en UF, sin límite de fondos ni variaciones.
Además, contempla pensiones de sobrevivencia de acuerdo a Decreto Ley Nro.3500.
Para tomar una renta vitalicia en la compañía, usted simplemente debe traspasar sus fondos acumulados en la AFP a Ohio National Seguros de Vida S.A.
Rentas Vitalicias Ohio National | Retiro Programado | |
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Variación de Inversiones | No afecta su pensión | Puede variar su pensión |
Riesgo de Longevidad | No afecta su pensión | Puede variar su pensión |
Unidad de Reajuste | UF | UF |
Modalidad de Pensión | Irrevocable | Revocable |
Pensión Garantizada | SI | NO |
Responsable de Pago | OHIO NATIONAL | AFP |
Herencia | NO | SI |
Adm. de Fondos | OHIO NATIONAL | AFP |
Excedente Libre Disp. | SI | SI |
IMPORTANTE
Se informa a los potenciales beneficiarios de la rebaja de la cotización legal de salud del 7% al 5%, que cumplen con las condiciones establecidas en la ley, que deben acreditar residencia mediante una Declaración Jurada Simple, cuyo formato se encuentra disponible en la página web del IPS, www.ips.gob.cl
Para acceder a este beneficio, adicionalmente, se requiere integrar un grupo familiar perteneciente a los cuatro quintiles más vulnerables de la población. El Instituto de Previsión Social (IPS) determinará si la persona pertenece a ese grupo, a partir de la información contenida en la Ficha de Protección Social (FPS) y otros antecedentes de ingresos de las personas.
Pueden optar a una Renta Vitalicia Previsional todas las personas afiliadas a una AFP que cumplan con los requisitos para pensionarse de acuerdo al D.L. 3.500, por Vejez Normal, Vejez Anticipada o Invalidez, y los beneficiarios legales de un afiliado fallecido.
Modalidad Renta Vitalicia Inmediata
Sus fondos se traspasan íntegramente a la Compañía de Seguros, la que se obliga al pago de una renta mensual a partir del mes en que la AFP efectúe el traspaso de la Prima única.
Modalidad Renta Vitalicia Diferida
Contempla un período de pago directamente en la AFP, dejando los fondos suficientes para que sea pagada una pensión previamente acordada. El resto del fondo se traspasa a la Compañía de Seguros, la cual a partir de una fecha estipulada futura le comenzará a pagar su pensión.
Usted también puede contratar un Seguro de Renta Vitalicia Privada, en el cual Ohio National, previo pago de una prima única, se compromete a pagar una renta mensual vitalicia en U.F. y, si lo desea, una pensión mensual de sobrevivencia a los beneficiarios que usted designe, y en los porcentajes que desee. Puede garantizar un período de pago, según modalidad contratada, y que ante fallecimiento, se paguen las rentas no percibidas a sus beneficiarios. Usted puede complementar su Seguro Previsional, contratando nuestro Seguro de Renta Privada, sin límite de capital y con un interés garantizado, además de importantes beneficios tributarios.
Este préstamo es creado exclusivamente para nuestros pensionados que tengan al menos 6 meses de vigencia en su póliza y con pago vigente en esta Compañía, quienes podrán solicitarlo hasta en 60 meses y el monto de la cuota se les descontará automáticamente de su pensión mensual, de esta forma no tendrá que preocuparse de desplazarse a un lugar de pago...
TASAS DE INTERÉS
CRÉDITOS DE CONSUMO PARA PENSIONADOS
TASAS DE INTERÉS PARA CRÉDITOS DE CONSUMO PARA PENSIONADOS
TASA DE INTERÉS MENSUAL 1,30%
Monto Crédito | $400.000 | $400.000 | $400.000 | $400.000 |
---|---|---|---|---|
Impuesto | $3.226 | $3.226 | $3.226 | $3.226 |
Plazo (meses) | 48 | 36 | 24 | 12 |
Cuotas | $11.794 | $14.529 | $20.084 | $36.922 |
CAE | 18,21% | 18,34% | 18,59% | 19,31% |
Monto Crédito | $800.000 | $800.000 | $800.000 | $800.000 |
---|---|---|---|---|
Impuesto | $8.065 | $8.065 | $8.065 | $8.065 |
Plazo (meses) | 48 | 36 | 24 | 12 |
Cuotas | $23.588 | $29.058 | $40.168 | $73.843 |
CAE | 18,21% | 18,34% | 18,59% | 19,31% |
Monto Crédito | $1.000.000 | $1.000.000 | $1.000.000 | $1.000.000 |
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Impuesto | $8.065 | $8.065 | $8.065 | $8.065 |
Plazo (meses) | 48 | 36 | 24 | 12 |
Cuotas | $29.486 | $36.323 | $50.210 | $92.304 |
CAE | 18,21% | 18,34% | 18,59% | 19,31% |
Monto Crédito | $1.500.000 | $1.500.000 | $1.500.000 | $1.500.000 |
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Impuesto | $12.097 | $12.097 | $12.097 | $12.097 |
Plazo (meses) | 48 | 36 | 24 | 12 |
Cuotas | $44.418 | $54.666 | $75.490 | $138.629 |
CAE | 18,45% | 18,58% | 18,83% | 19,55% |
Fecha de Otorgamiento: 30/09/2020
Fecha Primer Pago: 30/10/2020
Para los cálculos se considera que el cliente recibe el crédito y 30 días después paga la primera cuota.
PORTABILIDAD FINANCIERA
Proveedor: Si usted es una empresa que necesita contactarnos por un requerimiento de portabilidad por favor escríbanos a portabilidad@ohionational.cl
Pensionados: Si usted es un pensionado de Ohio National y necesita contactarnos por un requerimiento de portabilidad por favor escríbanos a portabilidad.pensionados@ohionational.cl
FORMULARIO GARANTÍA ESTATAL
Solicitud de Garantía Estatal.
FORMULARIO ASIGNACIÓN FAMILIAR
Solicitud de Asignación Familiar (Anexo 1)
Declaración Jurada de Ingresos de Nuevo Beneficiarios (Anexo 2)
Declaración Jurada de Ingresos para Actualización de Valor de Asignación (Anexo 3)
Solicitud de Extinción de Asignación (Anexo 5)
Declaración Asignación Familiar Mayor de 18 años
Declaración Jurada asignación Cónyuge
OTROS FORMULARIOS
Declaración de Vínculo con Personas Expuestas Políticamente (PEP)
Designación de Beneficiarios de Renta Vitalicia Garantizada
Su primer pago dependerá de la fecha en que nuestra Compañía reciba los fondos Previsionales desde la AFP. De esta manera su pago se realizará el día viernes de la semana siguiente de haber sido recibidos dichos fondos en la Compañía.
Las fechas de pago según contrato establecido en la póliza es el día 20 o día hábil siguiente de cada mes a excepción del mes de Septiembre que nuestra Compañía adelanta el pago de su pensión.
Tenemos a su disposición 3 formas de pago:
- SERVIPAG (para su cobro debe concurrir a la sucursal seleccionada por Ud. y presentar su cedula de identidad. Recibirá el monto de su pensión en dinero efectivo).
- CUENTA MAS (a través de la tarjeta de Credichile, la cual se encuentra asociada a una cuenta vista, podrá usted girar el dinero de su pensión en cualquier cajero automático del sistema Redbanc).
- DEPÓSITO EN SU CUENTA CORRIENTE, VISTA O DE AHORRO.
Para cambiar la forma de pago debe completar el formulario denominado "cambio de modalidad de pago" que se encuentra a su disposición en nuestra página web o bien enviar una carta solicitando dicho cambio, en ambos casos adjuntando fotocopia de cédula de identidad.
Las liquidaciones de pago de pensión serán enviadas anticipadamente y de manera mensual a través de Correos de Chile a su dirección particular.En caso de no ser recibida, usted puede solicitar una copia a nuestra área de Servicio al Cliente a través de los teléfonos (02)2 6362726 ó 800 200 272
Se debe entregar la siguiente documentación (ORIGINAL):
- Formulario Solicitud de Asignación Familiar (Anexo 1)
- Declaración jurada de otros ingresos (Anexo 2)
- Declaración jurada Asignación Familiar
- Certificado de Nacimiento de las cargas
- Certificado de Matrimonio
- Fotocopia de Cédula de Identidad del Titular y de las respectivas cargas.
- Los hijos mayores de 18 años deben presentar Certificado de alumno regular y declaración de soltería
- Los respectivos formularios están disponibles en nuestra página WEB https://www.ohionational.cl
Cualquier tipo de incorporación en su póliza de renta vitalicia debe realizarse directamente en la Administradora de Fondos de Pensiones a la que usted pertenecía (debe completar un formulario denominado Declaración de Beneficiarios No Declarados Inicialmente).
De acuerdo a lo establecido en el D.L. N°3500, los beneficiarios legales de pensión de sobrevivencia son los siguientes:
- El o la Cónyuge sobreviviente
- El padre o la madre de hijos de filiación no matrimonial.
- Hijos de filiación matrimonial, no matrimonial o adoptivos, ser menores de 18 años de edad, requisitos:
- hijos inválidos (sin límite de edad)
- hijos entre 18 y 24 años, si acreditan ser estudiantes en un establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación.
- Los Padres en ausencia de los anteriores.
Los beneficiarios se deben declarar y acreditar ante Administradora de Fondos de Pensiones.
Si Usted posee domicilio en Santiago debe acercarse a nuestras oficinas ubicadas en El Bosque Norte 0125, Las Condes, en nuestro horario de atención de Lunes a Jueves de 09:00 a 18:30 hrs. y Viernes de 09:00 a 17:00 hrs., a fin de completar el formulario para la obtención de la credencial de salud. Si usted es de regiones puede solicitar el envío del formulario a su domicilio llamando a nuestro Servicio al Cliente a través del teléfono 800 200 272.
Nuestra Compañía está preparada para atenderlo en un momento tan difícil como la pérdida de su ser querido. Para procesar oportunamente cualquier solicitud, se deberá primeramente acreditar el fallecimiento del pensionado presentado el respectivo Certificado de Defunción.
Usted debe presentar los siguientes documentos originales: Formulario Solicitud de Cuota Mortuoria.
- Certificado de Defunción
- Factura original de servicios funerarios
El pago de la cuota mortuoria estará disponible en 10 días hábiles contados desde la recepción de la documentación solicitada.
El día 1° de Diciembre de 2012 entró en vigencia la Ley N° 20.531 sobre la rebaja al 5% de la cotización legal de salud, para pensionados del sistema de pensiones del D.L. 3500, de la Ley 16.744 y de la Ley 19.234, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Haber cumplido 65 o más años de edad
b) Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio.
c) Integrar un grupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de la población de Chile, de acuerdo al Instrumento técnico de focalización señalado en el Artículo 32 de la Ley 20.255.